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Temas de Aprendizaje

 

Con el fin de garantizar la entrega de la adecuada protección a los consumidores financieros, la Superintendencia de Bancos del Ecuador emitió la normativa de Protección y Defensa de los Derechos del Consumidor Financiero, donde se establecen derechos y obligaciones que permitirán construir relaciones de inclusión, equidad y equilibrio entre los consumidores y las instituciones financieras

Los Derechos que promulga esta norma son:

Derechos de los consumidores financieros

  1. Acceder a los productos y servicios que ofrecen las entidades controladas, sin discriminación.
  2. Recibir programas de educación financiera.
  3. Acceder y recibir información completa, veraz, adecuada, clara y oportuna sobre sus derechos y obligaciones.
  4. Dirigir peticiones, quejas o reclamos y recibir respuesta en los tiempos establecidos.
  5. Recibir tutela del Defensor del Cliente y de Ia Superintendencia de Bancos para la protección de sus derechos.
  6. Acceder y recibir directamente información clara, precisa, oportuna, adecuada, validada, veraz y completa, relacionada con los productos y servicios ofertados.
  7. Conocer al menos lo siguiente: los derechos y obligaciones; los canales de atención para cualquier consulta, queja o reclamo; medidas para el manejo seguro de productos y servicios.
  8. Elegir con plena libertad productos y servicios, sin ser presionados o coaccionados por las entidades financieras.
  9. Exigir que se respete su privacidad y se protejan sus datos, los cuales deben utilizarse únicamente para los fines específicos.
  10. Requerir se establezca y se informe Ia manera en que se procesa y almacena sus datos.
  11. Tener acceso a los servicios de banca móvil o electrónica las 24 horas del día y los 365 días del año
  12. Exigir que los contratos de adhesión, sean simples, transparentes y no contengan cláusulas prohibidas.
  13. Recibir productos y servicios financieros con estándares de calidad y seguridad;
  14. Acceder libremente a su información personal y financiera que reposa en la entidad controlada;
  15. Recibir protección y a demandar de la Superintendencia de Bancos o de otras instancias administrativas o judiciales pertinentes, la adopción de medidas efectivas que garanticen la seguridad de las operaciones financieras;
  16. Exigir que se garantice la preservación de sus depósitos, evitando fraudes informáticos o no informáticos; que, si las entidades controladas entregaren dinero de los consumidores financieros a través de operaciones fraudulentas, asumirán la responsabilidad pecuniaria;
  17. Exigir a las entidades controladas que la prestación de productos, servicios y/o prestaciones a través de canales electrónicos, cumplan con su funcionamiento;
  18. Rescindir cualquier contrato de productos y servicios financieros dentro de un tiempo razonable posterior a la fecha en que firmó el contrato;
  19. Recibir protección frente a la suspensión o falla de los productos, servicios y/o prestaciones otorgados por medio de canales físicos y/o electrónicos;
  20. Exigir protección sobre la falsa promoción y/o métodos comerciales desleales;
  21. Exigir que se garantice la privacidad e intimidad personal; y que las entidades financieras acosen comercialmente a los consumidores financieros y/o beneficiarios.

Obligaciones de los consumidores financieros

Constituyen obligaciones de los usuarios financieros, las siguientes:

  1. Cerciorarse si la entidad controlada con la cual desean contratar o utilizar los productos, servicios y/o prestaciones se encuentra autorizada y supervisada por la Superintendencia de Bancos;
  2. Informarse sobre los productos, servicios y/o prestaciones que piensa adquirir o emplear, indagando sobre las condiciones generales de la operación; es decir, los derechos, obligaciones, costos, exclusiones y restricciones aplicables al producto o servicio, exigiendo las explicaciones verbales y escritas necesarias, precisas y suficientes que le posibiliten la toma de decisiones informadas;
  3. Observar las instrucciones y recomendaciones que imparta la entidad controlada sobre el manejo de productos, servicios y/o prestaciones;
  4. Revisar los términos y condiciones del respectivo contrato y sus anexos, así como conservar las copias que se le suministren de dichos documentos;
  5. Informarse sobre los canales y medios oficiales existentes que dispone la entidad para presentar peticiones, solicitudes, quejas o reclamos;
  6. Revisar que la información proporcionada por la entidad controlada, a través de estados de cuenta, reportes de movimiento, cargos, se encuentre de acuerdo con sus instrucciones, según el producto, servicio y/o prestación de que se trate, debiendo informar a la entidad controlada, dentro de los plazos estipulados para ello, todo desacuerdo con dicha información; y,
  7. Usar correctamente los productos, servicios y/o prestaciones contratados con la entidad controlada.

Entérate más

Norma de la Protección y Defensa de los Derechos del Consumidor Financiero

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